Inclusión con Equidad A. C.

El tratado de Marrakech

Éste es un instrumento internacional; con respaldo jurídico en la constitución de los Estados Unidos Mexicanos, a través del artículo 1, y 126 constitucionales. Los cuales, brindan sustento jurídico, y ponen al nivel de la constitución este tipo de tratados, por relacionarse con los derechos humanos. El Tratado de Marrakech tiene la tarea, de Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso.

En México, el pasado 29 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto promulga torio de este Tratado, que se enmarca en un sistema de protección constitucional, para el desarrollo integral de las personas con discapacidad visual. El instrumento promueve el derecho a la libertad de expresión, que incluye la libertad de recabar, recibir y difundir información en igualdad de condiciones, así como el derecho a la educación y el derecho a la cultura.

Cabe aclarar, que a pesar de que este instrumento fue pensado para beneficiar a las personas con discapacidad visual, en México las organizaciones de la sociedad civil, busco beneficiar a otras discapacidades. Así, en México, personas con discapacidad motriz, por ejemplo, también se pudieron ver beneficiadas con este tratado. Por su limitación de manipular los textos, o las personas con discapacidad intelectual, se han visto también favorecidas, con la adecuación de obras, a formato de fácil lectura.

Este tratado, surge como una necesidad de la comunidad internacional con discapacidad visual. Y es a través de la Unión Mundial de Ciegos (UMC,) que formulan una propuesta, con la finalidad de contar con un instrumento, que facilite el acceso a las obras literarias. Dicho instrumento, se hizo llegar a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en 2009 dicha propuesta. Esto, siempre buscando aclarar, que se haga respetando los derechos de autor. Es decir, que sea con el fin de acceder a la información, y no con la finalidad de lucrar con ello.

El principal objetivo del Tratado de Marrakech es hacer accesibles las obras literarias y artísticas a través de limitaciones o excepciones que beneficien a las personas ciegas, con discapacidad visual o que tengan dificultades para acceder al texto impreso, por lo que posee una dimensión de desarrollo humanitario y social.

El tratado busca alentar el intercambio de información eliminando los obstáculos fronterizos y prevé el intercambio transfronterizo de los formatos accesibles entre las entidades autorizadas, es decir, las organizaciones que estén al servicio de las personas con discapacidad visual. Esto implica que ya no es necesario que en cada país se transformen las obras a formatos accesibles ya que se pueden obtener libremente de otros países.

Se estipula que no se necesita autorización del titular de los derechos para que las organizaciones transformen los ejemplares a formatos accesibles que podrán distribuirse mediante préstamo no comercial o comunicación electrónica siempre y cuando su acceso sea legal y no se realicen cambios a la obra en su contenido. A su vez, en México, se está trabajando, para buscar un medio, a través de la tecnología, donde se garantice que será utilizado exclusivamente por la persona con discapacidad.

Así mismo, otorga a los autores la garantía de que sus publicaciones no serán expuestas a usos indebidos, ya que a las únicas personas que se les puede distribuir el material son a los beneficiarios, es decir, a las personas que lo necesitan ya sea porque tengan discapacidad visual, dificultad para percibir o leer, que no puedan sostener o manipular un libro, centrar la vista o mover los ojos.


Nuestro trabajo

Como lo expusimos anteriormente, una de nuestras tareas, es facilitar la cultura, y otra de ellas es generar acuerdos con las autoridades correspondientes, para formar condiciones favorables a las personas con discapacidad. Es por ello, que, al llegar este tratado a nuestro país, se buscó que, al surgir de la sociedad, permaneciera vigilado por la sociedad. Respaldado por las leyes de nuestro país, pero con ese sello de la sociedad.

Inclusión con equidad, se reunió con algunas otras asociaciones que trabajan en la misma materia como lo son. DISCAPACITADOS VISUALES IAP. ESCUELA PARA ENTRENAMIENTO DE PERROS GUIAS EN MEXICO IAP.AMADIVI IAP, PUNTO 6 AC. Y nuestra asociación, INCLUCION CON EQUIDAD A. C. Todas estas asociaciones, ya tenían un trabajo que las respaldaba; y se buscó, que todas las instituciones que brindan servicio a la comunidad con discapacidad visual conocieran dicho tratado, y se buscara que existiera una unificación de criterios. Tanto en la digitalización, como en la impresión a medios accesibles. Se incluyó, a la biblioteca México, a la universidad autónoma de México través de su área de atención de personas con discapacidad visual, además, de la universidad autónoma de la ciudad de México, a través de su área de letras habladas. Donde no solo se digitalizan textos, si no que se adecuan a todo aquel alumno, que lo requiera, para estar en igualdad de condiciones que sus compañeros.

Es entonces, que, tras el trabajo en conjunto de las asociaciones, se desarrollaron algunos foros en coordinación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Organismo Mexicano Promotor del Desarrollo Integral de los Discapacitados Visuales, en coordinación con el Programa Letras Habladas, se desarrollaron distintos foros llamados "El derecho a leer: la implementación del Tratado de Marrakech en México. El primero de ellos fue realizado en el auditorio APA UNAM. Donde se dio a notar, los primeros esbozos, del camino que se buscaba hacia la unificación de criterios en la adecuación de textos. El segundo foro, no se tuvo la oportunidad de participar activamente; ya que fue realizado fuera de la ciudad de México.